¿Sabías que si cierras tu negocio de compraventa las garantías de tus ventas seguirán vigentes?
- 27 de marzo de 2019
- Garantías mecánicas
¿Sabías que si cierras tu negocio de compraventa las garantías de tus ventas seguirán vigentes?
Si te dedicas a la compraventa de vehículos y has decidido echar el cierre de forma definitiva a tu negocio, puede que se te hayan surgido algunas dudas a la hora de dar salida a tu stock de vehículos.Lo primero que debes tener claro, es que las obligaciones de la garantía que afectan a los vendedores de vehículos no se ven anuladas por el hecho de que se vaya a producir un cierre del negocio. Los vehículos que tendrán que venderse con garantía en los mismos términos que se daban mientras se desarrollaba la actividad de compraventa y, además, la garantía persistirá por el plazo legal que corresponda desde la entrega del vehículo (aunque esta se prolongue más allá del cierre del negocio).
Si, lo que desea, es deshacerse de los vehículos de manera rápida y sin dar garantía de los mismos, la única opción viable sería venderlos de manera exclusiva a empresas o autónomos que los destinen a su actividad empresarial. Este tipo de venta, en el que el comprador no es un consumidor, no contiene la obligación de dar garantía. Además comprador y vendedor pueden pactar libremente la responsabilidad que quieren que exista en caso de averías. Estas obligaciones deben aparecer en el contrato, para mayor tranquilidad del vendedor y para evitar futuros desacuerdos entre ambos.
Si, por el contrario, el comprador es un consumidor, este tiene derecho irrenunciable a la garantía, de dos años en vehículo nuevo y de uno en caso de vehículo de ocasión. Si el vendedor cerrara su negocio de compraventa antes del transcurso de dicho año, seguirá siendo el responsable de dar garantía (en los términos de la garantía legal).
Fuentes: Ganvam, Linkedin, EuropaPress y GarantiPlus. En Garantiplus, líder en el sector de las Garantías Mecánicas nos interesan vuestras opiniones, déjanos un comentario
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