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¿Sabías que si vendes coches Km 0 debes definir el periodo de garantía?

¿Sabías que si vendes coches Km 0 debes definir el periodo de garantía?

En GarantiPLUS somos  conscientes de que muchos compraventas y concesionarios no especifican el periodo de garantía tras la venta de un coche de KM 0. Esto se debe a que sobre entienden que la duración legal es de un año. Lo cierto es que esta omisión puede traerles problemas  si se diera una avería del vehículo vendido.

Normativa sobre venta de coches Km 0

En la venta de Km 0 el compraventa o concesionario está obligado a dar garantía de los vehículos que vende. La pregunta sería entonces cuál es el periodo legal establecido para este tipo de vehículos. Según la normativa para la venta de bienes de consumo (art. 123 RDL 1/2007) el periodo de garantía sería de dos años en bienes nuevos, pero en la venta de “segunda mano” se permite reducir dicho periodo a un mínimo de un año.

Garantías coches nuevos

El problema con esta normativa es que no especifica qué es un bien de “segunda mano”. Ni que ocurriría con productos como los km0, que han sido matriculados por el concesionario y apenas han tenido recurrido. En algunas comunidades como Madrid, Andalucía o Murcia, se han establecido Decretos autonómicos. Estos Decretos definen los Km 0 como vehículos usados al tener en cuenta que ya han sido matriculados y han tenido un primer propietario. Este hecho es así aunque este el propietario sea un concesionario.

La recomendación de GarantiPLUS

Ante la ambigüedad de la definición legal de los vehículos de Km0 en el resto de Comunidades, desde GarantiPLUS siempre recomendamos especificar de forma clara en el contrato de garantía mecánica el periodo de vigencia de la garantía. De esta forma nos evitaremos que, ante reclamaciones de clientes, nos encontremos en la obligación legal de ampliar el periodo de garantía.

Fuentes: GarantiPLUS, BOE y Pexels. En GarantiPLUS, líder en el sector de las Garantías Mecánicas nos interesan vuestras opiniones, déjanos un comentario

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