¿Sabías que tus clientes deben disponer de una copia de su contrato de garantía?
- 30 de abril de 2019
- Garantías mecánicas
En ocasiones la post venta de un vehículo puede volverse un proceso más engorroso de lo deseado y acabar en un conflicto con el cliente. En este contexto, muchos compraventas se preguntan si están obligados a dar de nuevo el contrato y la garantía del coche vendido si lo reclaman los beneficiarios.
Si se da el caso de que el cliente ha perdido la copia que le hicimos llegar en su momento, no existe obligación legal de facilitarle de nuevo una copia. Esto es así porque el compraventa ya cumplió con su obligación legal de información al otorgar el contrato y la garantía en el momento de la venta del vehículo. Por lo que legalmente, no estaría obligado a darle una copia extra por haber perdido la documentación.
Si seguidas todas estas recomendaciones sigues queriendo aumentar la claridad del proceso de venta de tus vehículos de ocasión, te recomendamos que tras entregar el contrato y la garantía mecánica a tu cliente se atestigüe dicha entrega mediante la firma de un recibí. De forma que a futuro se pudiera entregar dicha firmar del beneficiario como comprobante de toda la documentación.
Fuentes: GarantiPlus, DGT, Ganvam. En Garantiplus, líder en el sector de las Garantías Mecánicas nos interesan vuestras opiniones, déjanos un comentario
Si se da el caso de que el cliente ha perdido la copia que le hicimos llegar en su momento, no existe obligación legal de facilitarle de nuevo una copia. Esto es así porque el compraventa ya cumplió con su obligación legal de información al otorgar el contrato y la garantía en el momento de la venta del vehículo. Por lo que legalmente, no estaría obligado a darle una copia extra por haber perdido la documentación.
Un aliado frente a reclamaciones
En todo caso, desde GarantiPLUS siempre recomendamos entregar de nuevo dichos documentos al beneficiario en caso de pérdida y aun existiendo un conflicto por una avería. Y es que, si toda la documentación es correcta, el hecho de que el cliente disponga de ellos tampoco tiene por qué derivar en ningún perjuicio para el vendedor. Y, si además hay una reclamación en Consumo de por medio, este acto ayudaría a mejorar la imagen de transparencia del profesional.Si seguidas todas estas recomendaciones sigues queriendo aumentar la claridad del proceso de venta de tus vehículos de ocasión, te recomendamos que tras entregar el contrato y la garantía mecánica a tu cliente se atestigüe dicha entrega mediante la firma de un recibí. De forma que a futuro se pudiera entregar dicha firmar del beneficiario como comprobante de toda la documentación.
Fuentes: GarantiPlus, DGT, Ganvam. En Garantiplus, líder en el sector de las Garantías Mecánicas nos interesan vuestras opiniones, déjanos un comentario
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