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¿Cómo declarar las plazas de garaje en la renta?

Como cada abril, surgen las preguntas en torno a la declaración de la renta. Qué podemos o no desgravar, qué deducciones aplican en cada comunidad o qué aspectos se deben incluir en la cuota estatal o autonómica, son algunas de las dudas más frecuentes a la hora de tramitar el borrador. En este post vamos a resolver algunas de ellas relacionadas con la plaza de garaje sea ésta en alquiler o en propiedad.

El vehículo suele ser, tras la vivienda, el bien físico más preciado y en el que realizamos la mayor inversión. No es de extrañar, por tanto, que sobre todo en grandes ciudades acabemos teniendo al menos una plaza de garaje por unidad familiar, ya sea en propiedad o en alquiler. Sin embargo, es igualmente común no saber cómo declararlo a la hora de hacer la declaración de renta.

¿Cómo tributan las plazas de garaje?

Lamentamos decirte que en el caso de los particulares, el alquiler de una plaza de garaje no da derecho a ninguna deducción en el IRPF. Se trata simplemente de un gasto personal adicional, similar al coste de tener contratado un servicio de televisión o Internet, algo que nadie consideraría desgravar al momento de realizar la declaración de la renta.

En el caso de plazas de garaje en propiedad se deben valorar dos opciones. Si la plaza de aparcamiento se ha comprado en conjunto con la vivienda en la que se reside, el parking no cotiza de forma exclusiva. Su cotización se realiza como “datos adicionales de la vivienda habitual”.

En cambio, si la plaza es independiente a la casa o se ha comprado en conjunto con un segundo domicilio la plaza de garaje sí tributa de forma independiente y es, por tanto, un gasto deducible. Para poder desgravarlo será necesario aportar su titularidad, ubicación y referencia catastral.

Plazas de garaje en propiedad alquiladas a un tercero

Existe otro caso a destacar y es cuando tenemos una plaza de garaje en propiedad que estamos alquilando a un tercero. En estos supuestos, como propietario tendremos que cobrar el 21% de IVA al arrendador del aparcamiento. Es necesario, pues, emitir facturas y realizar la declaración trimestral de dicho impuesto.

Por último, si la plaza de garaje se alquila de forma conjunta con una vivienda, se aplica el artículo 20.23 de la Ley del IVA. El beneficio derivado de este alquiler debe declararse en el IRPF pues forma parte del rendimiento de capital inmobiliario.

Fuentes: GarantiPLUS, aelca y Unsplash.